SCJN avala acuerdo que elimina la reprobación automática

 Fernando Incháustegui

En una resolución que redefine el sistema educativo básico del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el Acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el cual avala la promoción de grado de estudiantes de primaria y secundaria aun cuando registren un alto nivel de inasistencias o adeuden materias.

 

La Segunda Sala del máximo tribunal determinó, de manera unánime, que la excelencia educativa no puede condicionarse estrictamente a un porcentaje de asistencia a las aulas, sepultando de forma definitiva el antiguo requisito del 80% de presencialidad para acreditar el año escolar.

El fin de la asistencia obligatoria como filtro

Los ministros determinaron que vincular la aprobación escolar de forma directa con la asistencia física es una medida desproporcionada. La Corte argumentó que la permanencia diaria en un salón de clases no garantiza por sí misma la asimilación de conocimientos.

Bajo este nuevo criterio, la SEP prioriza una evaluación cualitativa que busca proteger el derecho humano a la educación, evitando que dinámicas ajenas al alumno —como problemas económicos, de salud o de transporte familiar— deriven en la exclusión definitiva o el abandono del sistema escolar.

El nuevo esquema para pasar de año

La resolución judicial ratifica las reglas de operación vigentes para todas las escuelas públicas y particulares incorporadas del país:

·         Flexibilidad en secundaria: Los estudiantes de este nivel podrán avanzar al siguiente grado adeudando un máximo de cuatro materias. Deberán someterse a procesos obligatorios de regularización.

·         Límite de reprobación: La repetición de año no se elimina por completo; los alumnos que reprueben cinco o más asignaturas sí tendrán que recursar el grado escolar.

·         Primaria y preescolar: En el jardín de niños y el primer año de primaria la promoción se mantiene automática por el solo hecho de haberlos cursado. De segundo a sexto grado, se requiere una calificación mínima de 6.0, pero flexibilizada ante las faltas.

Reacciones divididas

La decisión de la SCJN ha encendido el debate entre especialistas y sectores civiles.

Mientras las autoridades federales defienden que la medida combate el rezago y la deserción escolar tras los estragos de la pandemia, diversas asociaciones de padres de familia y consultoras educativas advierten que flexibilizar los estándares de evaluación podría mermar la competitividad académica y disfrazar las deficiencias del aprendizaje real en las aulas mexicanas.

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