Fernando Incháustegui
En una
resolución que redefine el sistema educativo básico del país, la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el Acuerdo 10/09/23 de
la Secretaría de Educación Pública (SEP), el cual avala la promoción de grado
de estudiantes de primaria y secundaria aun cuando registren un alto nivel de
inasistencias o adeuden materias.
La Segunda Sala del máximo tribunal determinó, de
manera unánime, que la excelencia educativa no puede condicionarse
estrictamente a un porcentaje de asistencia a las aulas, sepultando de forma
definitiva el antiguo requisito del 80% de presencialidad para acreditar el año
escolar.
El fin de la
asistencia obligatoria como filtro
Los ministros determinaron que vincular la
aprobación escolar de forma directa con la asistencia física es una medida
desproporcionada. La Corte argumentó que la permanencia diaria en un salón de
clases no garantiza por sí misma la asimilación de conocimientos.
Bajo este nuevo criterio, la SEP prioriza una
evaluación cualitativa que busca proteger el derecho humano a la educación,
evitando que dinámicas ajenas al alumno —como problemas económicos, de salud o
de transporte familiar— deriven en la exclusión definitiva o el abandono del
sistema escolar.
El nuevo esquema
para pasar de año
La resolución judicial ratifica las reglas de
operación vigentes para todas las escuelas públicas y particulares incorporadas
del país:
·
Flexibilidad en secundaria: Los estudiantes de este nivel podrán avanzar al
siguiente grado adeudando un máximo de cuatro materias. Deberán someterse a
procesos obligatorios de regularización.
·
Límite de reprobación: La repetición de año no se elimina por completo;
los alumnos que reprueben cinco o más asignaturas sí tendrán que recursar el
grado escolar.
·
Primaria y preescolar: En el jardín de niños y el primer año de primaria
la promoción se mantiene automática por el solo hecho de haberlos cursado. De
segundo a sexto grado, se requiere una calificación mínima de 6.0, pero
flexibilizada ante las faltas.
Reacciones
divididas
La decisión de la SCJN ha encendido el debate entre
especialistas y sectores civiles.
Mientras las autoridades federales defienden que la
medida combate el rezago y la deserción escolar tras los estragos de la
pandemia, diversas asociaciones de padres de familia y consultoras educativas
advierten que flexibilizar los estándares de evaluación podría mermar la
competitividad académica y disfrazar las deficiencias del aprendizaje real en
las aulas mexicanas.
