“En un mes se va a fortalecer incluso más esta Plataforma de
Transparencia. Y cada mes se va a estar informando de los contratos públicos.
Entonces, es transparencia total del Gobierno de México”, puntualizó la Jefa
del Ejecutivo Federal.
El decreto está concentrado en cuatro áreas: Contrataciones
públicas, Filiales de Pemex y CFE, Fiscalización y auditorías, e Invitación a
sumarse a estados, municipios, y otros poderes: Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno.
La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó el decreto para
fortalecer la transparencia en todas las entidades del Gobierno de México con
el objetivo de garantizar el acceso a la información de las y los mexicanos a
través del fortalecimiento de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).
“En la ley actual está establecido que los servidores
públicos pueden determinar qué se hace público y qué no, dependiendo de la
seguridad nacional o del procedimiento en el que está la información. Con este
Decreto ya no lo dejamos a criterio del servidor público, ya no lo dejamos a
criterio de un secretario, de otra secretaria, de un director de un área de
Pemex o de CFE, o de cualquier Secretaría.
“Ya hay un lineamiento específico de realmente lo que debe
ser transparente y aquello que, por el procedimiento administrativo judicial,
no puede informarse dado que está en un procedimiento y puede caerse el
procedimiento judicial o administrativo, o lo que realmente es de seguridad
nacional. Entonces, para ello en un mes se va a fortalecer incluso más esta
Plataforma de Transparencia. Y cada mes se va a estar informando de los
contratos públicos. Entonces, es transparencia total del Gobierno de México”,
puntualizó en la conferencia matutina: “Las mañaneras del pueblo”.
Señaló que la información de todas las actividades de
gobierno y el ejercicio de los recursos deben transparentarse, tal y como lo
establece el artículo 6 de la Constitución Política:
“Toda la información en posesión de cualquier autoridad,
entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial,
órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como
de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos
públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y
municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de
interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.
“En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el
principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo
acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la
ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la
declaración de inexistencia de la información”.
