La presidenta Claudia Sheinbaum firmó el decreto en materia de transparencia

 


“En un mes se va a fortalecer incluso más esta Plataforma de Transparencia. Y cada mes se va a estar informando de los contratos públicos. Entonces, es transparencia total del Gobierno de México”, puntualizó la Jefa del Ejecutivo Federal.

El decreto está concentrado en cuatro áreas: Contrataciones públicas, Filiales de Pemex y CFE, Fiscalización y auditorías, e Invitación a sumarse a estados, municipios, y otros poderes: Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó el decreto para fortalecer la transparencia en todas las entidades del Gobierno de México con el objetivo de garantizar el acceso a la información de las y los mexicanos a través del fortalecimiento de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).

“En la ley actual está establecido que los servidores públicos pueden determinar qué se hace público y qué no, dependiendo de la seguridad nacional o del procedimiento en el que está la información. Con este Decreto ya no lo dejamos a criterio del servidor público, ya no lo dejamos a criterio de un secretario, de otra secretaria, de un director de un área de Pemex o de CFE, o de cualquier Secretaría.

“Ya hay un lineamiento específico de realmente lo que debe ser transparente y aquello que, por el procedimiento administrativo judicial, no puede informarse dado que está en un procedimiento y puede caerse el procedimiento judicial o administrativo, o lo que realmente es de seguridad nacional. Entonces, para ello en un mes se va a fortalecer incluso más esta Plataforma de Transparencia. Y cada mes se va a estar informando de los contratos públicos. Entonces, es transparencia total del Gobierno de México”, puntualizó en la conferencia matutina: “Las mañaneras del pueblo”.

Señaló que la información de todas las actividades de gobierno y el ejercicio de los recursos deben transparentarse, tal y como lo establece el artículo 6 de la Constitución Política:

“Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.

“En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información”.

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